Renta exenta por derechos de autor
Si eres un creador de contenido en Colombia, debes saber que los derechos de autor son una herramienta clave para proteger tus obras y asegurarte de que no sean utilizadas sin tu consentimiento. Pero además de brindarte seguridad, esta figura legal también puede tener un impacto positivo en tu bolsillo gracias a la renta exenta por derechos de autor.
En este artículo te contaremos todo lo que necesitas saber sobre este beneficio fiscal, desde qué se considera como obras protegidas por derechos de autor hasta cuánto puedes deducir de tu declaración de renta. ¡No te pierdas esta oportunidad de optimizar tus finanzas como creador de contenido en Colombia!
¿Qué son los derechos de autor y cómo se generan?
Los derechos de autor son un conjunto de prerrogativas que otorgan al autor de una obra literaria, artística o científica la facultad exclusiva de explotarla y disponer de ella. Estos derechos se generan automáticamente en el momento en que se crea la obra, sin necesidad de registro ni trámite alguno.
Los derechos de autor se aplican a diferentes tipos de obras como libros, artículos, música, pinturas, fotografías, software, entre otros. El titular de los derechos de autor tiene el derecho exclusivo de autorizar o prohibir la reproducción, distribución, comunicación pública y transformación de la obra.
En Colombia, los derechos de autor están protegidos por la Ley 23 de 1982 y su reglamentación. Esta ley reconoce a los autores el derecho moral y patrimonial sobre sus obras. El derecho moral es inalienable e irrenunciable, y se refiere a la protección de la integridad y la paternidad de la obra. El derecho patrimonial, en cambio, es transferible y se refiere a la explotación comercial de la obra.
En el caso de la renta exenta por derechos de autor, la Ley 1819 de 2025 establece que los ingresos provenientes de la explotación de obras literarias, artísticas o científicas están exentos de impuestos hasta por un valor de 3.400 UVT (Unidades de Valor Tributario) por año gravable.
Para poder acceder a esta renta exenta, es necesario que los ingresos provengan de la explotación de obras originales y que el autor esté registrado en la Dirección Nacional de Derechos de Autor. Además, es importante tener en cuenta que la renta exenta solo aplica para las personas naturales que generen ingresos por derechos de autor y que no tengan una relación laboral o contractual con la empresa que adquiere los derechos de explotación de la obra.
¿Quiénes pueden acceder a la renta exenta por derechos de autor?
La renta exenta por derechos de autor es una figura tributaria que permite a los creadores de obras literarias, científicas, artísticas o culturales, recibir una remuneración por sus derechos de autor sin tener que pagar impuestos sobre esa renta.
Para acceder a esta renta exenta, es necesario cumplir con ciertos requisitos establecidos por la ley tributaria colombiana:
- Ser una persona natural, es decir, no una empresa o entidad.
- Estar registrado como autor en la Dirección Nacional de Derecho de Autor (DNDA).
- Tener una obra protegida por la ley de derechos de autor.
- Recibir ingresos por concepto de derechos de autor, ya sea por la venta de la obra, por su reproducción o por su distribución.
- Que los ingresos obtenidos por derechos de autor no superen los 4.500 UVT (Unidades de Valor Tributario) al año.
Es importante destacar que esta renta exenta no aplica para los ingresos obtenidos por la explotación de la obra, como por ejemplo, los ingresos por la venta de derechos de autor a terceros o por la cesión de derechos a una editorial.
En resumen, los creadores de obras literarias, científicas, artísticas o culturales que cumplan con los requisitos mencionados anteriormente, podrán acceder a la renta exenta por derechos de autor y recibir una remuneración por su trabajo sin tener que pagar impuestos sobre esa renta.
Pasos para declarar la renta exenta por derechos de autor ante la DIAN
La Ley colombiana estipula que los ingresos obtenidos por derechos de autor están exentos del impuesto a la renta, siempre que se cumplan ciertas condiciones. A continuación, se presentan los pasos necesarios para declarar la renta exenta por derechos de autor ante la DIAN:
Paso 1: Verificar si se cumplen los requisitos
Para poder declarar la renta exenta por derechos de autor, es necesario que se cumplan los siguientes requisitos:
- Los ingresos obtenidos deben ser por derechos de autor, y no por otras actividades.
- El autor debe estar registrado ante la Cámara Colombiana del Libro o ante la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
- Los ingresos no deben superar los 4.800 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV) en el año gravable.
Si se cumplen estos requisitos, se puede proceder a declarar la renta exenta por derechos de autor.
Paso 2: Descargar el formulario
Para declarar la renta exenta por derechos de autor ante la DIAN, es necesario descargar el formulario 210, que es el formulario utilizado para la declaración de renta y complementarios. Este formulario se puede descargar desde la página web de la DIAN.
Paso 3: Diligenciar el formulario
Una vez descargado el formulario, es necesario diligenciarlo con la información correspondiente. En el campo de ingresos, se debe incluir el valor obtenido por derechos de autor durante el año gravable. En el campo de deducciones, se puede incluir cualquier gasto relacionado con la obtención de los ingresos por derechos de autor.
Paso 4: Firmar y presentar el formulario
Después de diligenciar el formulario, es necesario firmarlo y presentarlo ante la DIAN. La presentación se puede hacer de manera virtual o presencial, dependiendo de la elección del contribuyente.
Beneficios y limitaciones de la renta exenta por derechos de autor en Colombia
En Colombia, la renta exenta por derechos de autor se refiere a los ingresos que un autor o creador de una obra literaria, artística o científica recibe por la explotación de sus derechos de autor. Es importante destacar que esta renta exenta se aplica exclusivamente a las personas naturales, no a las empresas.
Los beneficios de la renta exenta por derechos de autor son varios. En primer lugar, permite a los creadores de obras literarias, artísticas o científicas obtener ingresos adicionales, ya que pueden recibir regalías por la explotación de sus obras sin tener que tributar sobre ellos. Esto puede beneficiar particularmente a aquellos creadores cuya obra se vuelve muy popular y genera grandes ingresos.
En segundo lugar, la renta exenta por derechos de autor puede ser una forma de incentivar la creación de obras literarias, artísticas o científicas en Colombia. Al eximir de impuestos los ingresos que los creadores reciben por la explotación de sus derechos de autor, se puede estimular a más personas a dedicarse a la producción de obras creativas, lo que puede enriquecer la cultura del país y generar nuevas oportunidades de negocio.
Sin embargo, también existen limitaciones en cuanto a la renta exenta por derechos de autor en Colombia. En primer lugar, la renta exenta solo se aplica a los ingresos recibidos por la explotación de los derechos de autor, no a otros ingresos que el autor pueda recibir (como honorarios por servicios profesionales). Además, la renta exenta solo se aplica a ingresos por explotación en Colombia, no en otros países.
Otra limitación importante es que la renta exenta por derechos de autor tiene un límite anual. En el año 2025, este límite es de 117 millones de pesos. Esto significa que los creadores que ganen más de este monto en ingresos por derechos de autor deberán tributar sobre el excedente.