Rentas Exentas de trabajo y Deducciones Imputables

Las rentas exentas y deducciones imputables son dos temas que deben ser tomados en cuenta para el análisis de cualquier declaración tributaria presentada ante la DIAN.
En este artículo te explicamos cada una de las rentas que están exentas por trabajo, como calcularlas y aplicarlas en tu declaración. Recuerda que es muy importante estar al día con todos los impuestos en Colombia.
¿Qué son las rentas exentas?
Las rentas exentas son ingresos que no están gravados, es decir, generan una menor cantidad de impuesto.
Son denominados ingresos fiscales gravados a tarifa cero. Debes tener en cuenta que estas deducciones no son transferibles. El único beneficio de estas excepciones es beneficiar al contribuyente.
Ten en cuenta que el monto total de las deducciones exentas no podrá superar el 40% del ingreso gravado en la declaración.
Rentas exentas de trabajo
A continuación te explicaremos cuales son las rentas exentas existentes por trabajo:
Rentas exentas en salarios y jornales
No están gravadas las rentas percibidas por los trabajadores en forma de salario o sueldo, ya sea para el desarrollo del propio empleo, comisiones y todo tipo de remuneración que se pague a cambio de un empleo.
Estas rentas exentas estarán gravadas en el momento en que se pague el salario en efectivo, sea éste mensual o extraordinario.
El trabajador podrá optar por la utilización del mismo como gasto deducible, siempre y cuando se cumpla con algunos requisitos:
- Estar en el régimen general de la ley.
- Haber recibido un solo pago por cada empleador durante el período calendario respectivo .
Renta exenta por enfermedad o accidente
No están gravadas las rentas que se obtengan como consecuencia de una incapacidad laboral o accidente de trabajo, siempre y cuando no provenga del trabajo propio.
Estas rentas exentas pueden ser percibidas por los trabajadores en forma de jubilación o pensión, indemnizaciones laborales y rentas por incapacidad.
Renta exenta por fallecimiento
Las rentas que se obtengan como consecuencia del fallecimiento de un familiar, son rentas exentas dentro de la declaración.
Esta deducción puede ser percibida por los herederos de un difunto, tanto en forma de pensión como indemnización o renta mensual vitalicia. La razón para que esté gravada es porque el fallecimiento de un familiar ha sido la causa para que se haya generado.
Renta exenta por matrimonio, nacimientos o adopción
Las rentas obtenidas como consecuencia del acontecimiento mencionado anteriormente, están exoneradas.
Esta deducción puede ser percibida por las personas que hayan contraído matrimonio o se encuentren en unión de hecho debidamente inscrita ante el Registro Civil y Capacidad para operar del Registro Civil.
Esta deducción también puede ser percibida por quienes hayan podido adoptar a un menor, así como los padres biológicos o responsables que tengan la guarda legal plena y exclusiva del hijo.
Renta exenta por incapacidad
Las rentas que se provengan como consecuencia de una incapacidad física o mental del contribuyente, están exoneradas de la declaración anual.
Esta deducción puede ser percibida por las personas que demuestren la imposibilidad de realizar una actividad remunerada, sea cual fuere la causa de la incapacidad.
Renta exenta para jubilados y pensionados
Las rentas obtenidas como consecuencia de una jubilación o pensión, están exoneradas de la declaración de renta, ya que estas rentas exentas no son gravables salvo que sean percibidas por personas que tengan más de 64 años y hayan sido afiliados al régimen de la seguridad social por más de 20 años.
Rentas exentas en el auxilio de cesantías
Las rentas que se obtengan como consecuencia de un auxilio de cesantías, están exoneradas.
Esta deducción puede ser percibida por las personas que acrediten el derecho a recibir dicho beneficio en forma previa y automática al retiro de sus cesantías.
Rentas exentas por donaciones
Las rentas que se obtengan como consecuencia de una donación, están exoneradas.
Esta deducción puede ser percibida exclusivamente cuando el contribuyente dona a su cónyuge, hijos o padres.
Renta exenta por trabajo en jornadas especiales
Las rentas que se obtengan como consecuencia de las horas extraordinarias y el trabajo en día domingo o festivo están exoneradas.
Esta deducción puede ser percibida por las personas que hayan laborado en los días antes mencionados.
Rentas exentas Indemnización por despido injustificado
Las rentas que se obtengan como consecuencia de un despido injustificado, están exoneradas.
Esta deducción puede ser percibida por las personas a quienes los empleadores les cancelen su relación laboral sin causa justificada.
Rentas exentas por trabajo en el extranjero
Las rentas obtenidas como consecuencia de una relación laboral, están exoneradas.
Esta deducción puede ser percibida a las personas que hayan prestado sus servicios fuera de Colombia.
Rentas exenta por pensiones alimenticias
Las rentas que se obtengan como consecuencia del pago de una pensión para el sustento, están exoneradas.
Esta deducción puede ser percibida por las personas a las cuales se les haya fijado como pensión alimenticia por la autoridad judicial.
Renta exenta por donación de órganos
Las rentas que se obtengan como consecuencia del trasplante o implante, están exoneradas.
Esta deducción puede ser percibida por las personas que hayan donado sus órganos para su trasplante o implante a otra persona.
Renta exenta por medicamento
Las rentas obtenidas como consecuencia de la adquisición de medicamentos, están exoneradas.
Esta deducción puede ser percibida por las personas que adquieran los medicamentos como consecuencia del plan obligatorio de salud o seguro privado complementario contratado para tener acceso al sistema de salud en Colombia.
Renta exenta por arrendamiento
Las rentas obtenidas como consecuencia del alquiler o arriendo, están exoneradas.
Esta deducción puede ser percibida por las personas que tengan un contrato de arrendamiento o alquiler, sea cual fuere el objeto materia del mismo.
Renta exenta por donación
Las rentas obtenidas como consecuencia de una donación están exoneradas. Esta deducción puede ser percibida por las personas que hayan donado bienes o servicios.
Renta exenta por aportes a fondos de pensiones voluntarias
Las rentas obtenidas como consecuencia de los aportes realizados al Fondo Nacional del Ahorro y sus fondos descentralizados, están exoneradas.
Esta deducción puede ser percibida por las personas que hayan efectuado aportes al su Fondo de Pensiones y Cesantías por realizar aportes extras.
Deducciones imputables
Las deducciones imputables son aquellas que el contribuyente puede aplicar en su declaración para reducir la renta líquida gravable.
Las deducciones de la declaración de renta van a variar de acuerdo a los ingresos de cada persona natural, obtenidos en el año anterior.
Para controlar estos aspectos, se crea un sistema modular, a continuación te explicaremos los más importantes
Sistema cedular de rentas laborales
Con el fin de simplificar y agilizar las deducciones que se traducen en ahorros fiscales para los ciudadanos y no limitar los ingresos recibidos por el estado, se establece que de los anteriores conceptos se reducirá hasta un 25% de la declaración final o hasta que el monto máximo sea inferior a los 5.040 UVT.
Sistema cedular de rentas de capital
El sistema cedular de rentas de capital establece que se puede deducir hasta un 10% del ingreso gravado en el año. Este porcentaje no podrá exceder el monto total pagado en concepto de alquiler, arrendamientos y administración.
Sistema cedular de rentas no laborables
Aplica para personas naturales que prestan servicios durante un tiempo menor a 3 meses, la deducción aplica con una exención del 10% de la declaración de renta, siempre y cuando no supere los 1000 UVT.
¿Cómo se calculan las rentas exentas y las deducciones?
Las rentas exentas son aquellos ingresos que por ley no pagan impuesto de renta, teniendo en cuenta las personas naturales y jurídicas.
A continuación te explicamos cómo se calculan:
Renta líquida obtenida en el año gravable
Renta exenta del impuesto de renta = R. líquida – Deducción autorizada por ley más deducciones determinadas o autorizadas por la administración tributaria
Las deducciones imputables son aquellas que el contribuyente puede aplicar en su declaración para reducir la renta líquida gravable. Estas deducciones de la declaración de renta van a variar de acuerdo a los ingresos del ciudadano, obtenidos en el año anterior.